La exAFIP lanzará un plan de pago de deudas impositivas de hasta cuatro años para monotributistas y empresas
Por:
Ignacio Grimaldi
Viernes 27 de
Diciembre 2024
La medida alcanza a micro, pequeñas y medianas empresas, y a pequeños contribuyentes, entre ellos monotributistas; el beneficio podría abaratar hasta un 75% el interés que se debería abonar en condiciones normales
Cerca del final de un año en el que, según relevó la Unión Industrial Argentina (UIA), el 60,2% de las empresas llegó a tener atrasos en sus pagos, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un plan para financiar deudas impositivas. Según el comunicado oficial, esta opción estará disponible para micro, pequeñas y medianas empresas, y pequeños contribuyentes.
El grupo de los pequeños contribuyentes está compuesto por todos aquellos que registren la inscripción en los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales o en el monotributo durante el año calendario inmediato anterior a la fecha del referido proceso y cuyos ingresos brutos mensuales no superen los de la categoría K del monotributo, que asciende a $68 millones.
En el caso de las medianas empresas, el beneficio estará disponible para aquellas comprendidas en los tramos 1 y 2. Esto significa que si la compañía se dedicara a la construcción, sus ventas totales anuales no podrían superar el monto de $10.347 millones. Si fuera del rubro “servicios”, el tope alcanzaría los $6.520 millones. Para los comercios, el límite llega a $28.997 millones. Aplicado a cualquier actividad industrial o minería, el número no puede exceder los $46.835 millones, y si perteneciera al agro, $10.886 millones.
¿Cuáles son los impuestos cuyas deudas permiten aplicar a este plan de pagos? Según explicó el fisco, se encuentran incluidas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de este año correspondientes a deudas impositivas y los recursos de la seguridad social, así como también sus intereses y multas, retenciones y percepciones, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones e intereses. Representantes de ARCA dijeron que no existe un límite de deuda acumulada para poder acogerse a este beneficio.
“El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta”, indicó el comunicado. De este modo, el interés que pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud pagarían en condiciones normales baja un 75%. Es decir, abonarían un 25% del interés que se habría aplicado sin este plan de facilidades. En el caso de las medianas empresas, deberían hacer frente a un interés del 40% del que les hubiera correspondido.
“No hay que olvidar que venimos de una crisis sin precedentes y la moratoria que se aprobó con el paquete fiscal no fue suficiente para que las empresas se acomoden a este reordenamiento de la economía”, analizó el abogado tributarista Diego Fraga. De hecho, el relevamiento de la UIA entre 844 compañías reflejó que en enero de este año el 60,4% de ellas sufría atrasos en sus pagos. Luego, esa proporción fue bajando, y el último dato correspondiente a octubre, muestra que el 43,9% no tiene todas sus cuentas al día. Con ese registro, el número se asemejó a la situación observada durante 2023.
“Con esta medida, el organismo busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada”, aclara el comunicado.
De este modo, el plan de pagos otorga distintas posibilidades para cada una de las categorías de contribuyentes. Por ejemplo, los pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud tendrán un máximo de 48 cuotas para ponerse al día con deudas vinculadas a la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y obligaciones aduaneras. Si tuvieran pagos pendientes por retenciones y percepciones impositivas, entonces el máximo de cuotas baja a 24. Es decir, tendrían una financiación de hasta dos años.
En paralelo, las medianas empresas podrán acceder a un plan de hasta 36 cuotas para pagar deudas relacionadas a la seguridad social y obligaciones aduaneras, y de hasta 18 cuotas para hacer frente a pagos pendientes por retenciones y percepciones impositivas.
La inscripción a este plan de facilidades de pago abrirá el 3 de febrero y se extenderá hasta el 30 de abril, inclusive. ¿Qué requisitos se necesitan cumplir? Presentar Domicilio Fiscal Electrónico constituido, declaraciones juradas, tener una CUIT activa y CBU informada.
Esta iniciativa, tal cual informó el fisco, será publicada en Boletín Oficial. Entonces, se sumará a otro beneficio que se dio a conocer esta semana y que aplica para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector salud: la extensión del período de suspensión de ejecuciones fiscales y embargos hasta el 31 de julio del año que viene.
El grupo de los pequeños contribuyentes está compuesto por todos aquellos que registren la inscripción en los impuestos a las ganancias, sobre los bienes personales o en el monotributo durante el año calendario inmediato anterior a la fecha del referido proceso y cuyos ingresos brutos mensuales no superen los de la categoría K del monotributo, que asciende a $68 millones.
En el caso de las medianas empresas, el beneficio estará disponible para aquellas comprendidas en los tramos 1 y 2. Esto significa que si la compañía se dedicara a la construcción, sus ventas totales anuales no podrían superar el monto de $10.347 millones. Si fuera del rubro “servicios”, el tope alcanzaría los $6.520 millones. Para los comercios, el límite llega a $28.997 millones. Aplicado a cualquier actividad industrial o minería, el número no puede exceder los $46.835 millones, y si perteneciera al agro, $10.886 millones.
¿Cuáles son los impuestos cuyas deudas permiten aplicar a este plan de pagos? Según explicó el fisco, se encuentran incluidas las obligaciones vencidas hasta el 31 de diciembre de este año correspondientes a deudas impositivas y los recursos de la seguridad social, así como también sus intereses y multas, retenciones y percepciones, multas impuestas, cargos suplementarios por tributos a la importación o exportación y liquidaciones de los citados tributos comprendidas en el procedimiento para las infracciones e intereses. Representantes de ARCA dijeron que no existe un límite de deuda acumulada para poder acogerse a este beneficio.
“El plan contiene una drástica reducción de la tasa de financiación y no requerirá ingreso de un pago a cuenta”, indicó el comunicado. De este modo, el interés que pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud pagarían en condiciones normales baja un 75%. Es decir, abonarían un 25% del interés que se habría aplicado sin este plan de facilidades. En el caso de las medianas empresas, deberían hacer frente a un interés del 40% del que les hubiera correspondido.
“No hay que olvidar que venimos de una crisis sin precedentes y la moratoria que se aprobó con el paquete fiscal no fue suficiente para que las empresas se acomoden a este reordenamiento de la economía”, analizó el abogado tributarista Diego Fraga. De hecho, el relevamiento de la UIA entre 844 compañías reflejó que en enero de este año el 60,4% de ellas sufría atrasos en sus pagos. Luego, esa proporción fue bajando, y el último dato correspondiente a octubre, muestra que el 43,9% no tiene todas sus cuentas al día. Con ese registro, el número se asemejó a la situación observada durante 2023.
“Con esta medida, el organismo busca brindar mayor flexibilidad a los contribuyentes para que puedan ponerse al día con sus obligaciones tributarias no prescriptas, inclusive las no regularizadas en la moratoria recientemente finalizada”, aclara el comunicado.
De este modo, el plan de pagos otorga distintas posibilidades para cada una de las categorías de contribuyentes. Por ejemplo, los pequeños contribuyentes, micro y pequeñas empresas, entidades sin fines de lucro y sector salud tendrán un máximo de 48 cuotas para ponerse al día con deudas vinculadas a la seguridad social (excepto retenciones y percepciones impositivas) y obligaciones aduaneras. Si tuvieran pagos pendientes por retenciones y percepciones impositivas, entonces el máximo de cuotas baja a 24. Es decir, tendrían una financiación de hasta dos años.
En paralelo, las medianas empresas podrán acceder a un plan de hasta 36 cuotas para pagar deudas relacionadas a la seguridad social y obligaciones aduaneras, y de hasta 18 cuotas para hacer frente a pagos pendientes por retenciones y percepciones impositivas.
La inscripción a este plan de facilidades de pago abrirá el 3 de febrero y se extenderá hasta el 30 de abril, inclusive. ¿Qué requisitos se necesitan cumplir? Presentar Domicilio Fiscal Electrónico constituido, declaraciones juradas, tener una CUIT activa y CBU informada.
Esta iniciativa, tal cual informó el fisco, será publicada en Boletín Oficial. Entonces, se sumará a otro beneficio que se dio a conocer esta semana y que aplica para entidades sin fines de lucro y contribuyentes pertenecientes al sector salud: la extensión del período de suspensión de ejecuciones fiscales y embargos hasta el 31 de julio del año que viene.