Para los que viajan al exterior en 2025: ¿Qué productos se pueden ingresar al país sin pagar impuestos?
Viernes 27 de
Diciembre 2024
Tanto al salir como al entrar al país, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deben pasar por el control de la Aduana donde los funcionarios controlan el ingreso de productos. Qué está prohibido ingresar y cuál es la tarifa que se paga por excederse de lo permitido por la ARCA.
Enero 2025 está próximo y con el tradicional mes estival los argentinos comienzan a salir en su descanso anual de sus vacaciones de verano. Para los que planean viajar al exterior, y en especial están pensando en realizar compras aprovechando los mejores precios en países limítrofes u otros de mayor distancia como Estados Unidos o Europa, conviene que conozcan las disposiciones de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) sobre lo que está permitido ingresar al país, las franquicias actualizadas e incluso cuánto se deberá pagar en caso de excederse.
La Agencia también expresa claramente los productos cuyo ingreso está prohibido.
Dada la diferencia de precios en rubros como indumentaria o tecnología, decenas de miles de argentinos eligen comprar los productos en el exterior. Ahora bien, más allá de la conveniencia económica, existen restricciones impuestas por la ARCA: hay determinados ítems que no se pueden ingresar a la República Argentina.
Tanto al salir como al ingresar al país, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deben pasar por el control de la Aduana. Allí, los funcionarios buscan evitar el ingreso de los productos expresamente prohibidos por la ARCA.
Al volver a la República Argentina, los pasajeros tendrán que pasar por el control de Aduana. En esa inspección, los funcionarios revisarán que en el equipaje no cuenten con los siguientes productos:
- Armas y explosivos, salvo con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC)
- Estupefacientes
- Material arqueológico y cultural
Tal como explica ARCA en el apartado Ayuda sobre viajeros, los argentinos que regresen del exterior tendrán permitido ingresar un teléfono celular y una notebook o tablet por persona.
Conforme a la normativa vigente, también quedarán exentos los artículos declarados antes de la salida del país: indumentaria y objetos sin fines comerciales, de uso personal, entre otros.
En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50%.
Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.
De acuerdo con el medio de transporte elegido, el tope del valor a ingresar al país varía. También cambia el máximo permitido de acuerdo con la edad de los turistas. A saber:
- Límite de US$ 500 por vía aérea y marítima: franquicia extra de US$ 500 para compras en free shop. Menores de 16 años no emancipados: US$ 250.
- Límite de US$ 300 por vía terrestre y río: franquicia extra solo en Puerto Iguazú. Menores de 16 años no emancipados: US$ 150.
Si al regresar al país, el valor del objeto supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo:
- Valor del objeto comprado en el exterior = US$ 400.
- Franquicia permitida por vía terrestre = US$ 300.
- Excedente = US$ 100.
Total a pagar = US$ 50.
Estará permitido el ingreso y retiro de sumas inferiores a USD 10.000 o su equivalente en otra moneda.
De requerir el ingreso de un monto superior, deberá realizarse una declaración especial en Aduana, mediante el formulario OM 2249A.
Los egresos monetarios superiores al monto permitido deberán realizarse por transferencia bancaria.
En el caso de menores de 16 años el importe límite es de USD 5.000.
ARCA señala que para la conversión de monedas deberá tenerse en cuenta el tipo de cambio comprador correspondiente al cierre del día hábil inmediato anterior al del ingreso, comunicado por el Banco de la Nación Argentina.
La Agencia también expresa claramente los productos cuyo ingreso está prohibido.
Lo que no se puede ingresar al país según las regulaciones de ARCA (ex-AFIP)
Dada la diferencia de precios en rubros como indumentaria o tecnología, decenas de miles de argentinos eligen comprar los productos en el exterior. Ahora bien, más allá de la conveniencia económica, existen restricciones impuestas por la ARCA: hay determinados ítems que no se pueden ingresar a la República Argentina.
Tanto al salir como al ingresar al país, ya sea por vía aérea, por agua o por tierra, los viajeros deben pasar por el control de la Aduana. Allí, los funcionarios buscan evitar el ingreso de los productos expresamente prohibidos por la ARCA.
Al volver a la República Argentina, los pasajeros tendrán que pasar por el control de Aduana. En esa inspección, los funcionarios revisarán que en el equipaje no cuenten con los siguientes productos:
- Armas y explosivos, salvo con autorización previa de la Agencia Nacional de Materiales Controlados (ANMAC)
- Estupefacientes
- Material arqueológico y cultural
- Mercadería con finalidad comercial o industrial
¿Qué productos se pueden ingresar a la Argentina sin pagar impuestos?
Tal como explica ARCA en el apartado Ayuda sobre viajeros, los argentinos que regresen del exterior tendrán permitido ingresar un teléfono celular y una notebook o tablet por persona.
Conforme a la normativa vigente, también quedarán exentos los artículos declarados antes de la salida del país: indumentaria y objetos sin fines comerciales, de uso personal, entre otros.
Cuál es la franquicia para los menores de 16 años que ingresan al país
En el caso de menores de 16 años, la franquicia corresponde al 50%.
Cuando los viajeros constituyan un grupo familiar – matrimonios, uniones convivenciales e hijos menores de 16 años no emancipados -, la franquicia podrá ser utilizada en forma conjunta.
¿Hasta qué valor puedo ingresar bienes a la República Argentina sin pagar impuestos?
De acuerdo con el medio de transporte elegido, el tope del valor a ingresar al país varía. También cambia el máximo permitido de acuerdo con la edad de los turistas. A saber:
- Límite de US$ 500 por vía aérea y marítima: franquicia extra de US$ 500 para compras en free shop. Menores de 16 años no emancipados: US$ 250.
- Límite de US$ 300 por vía terrestre y río: franquicia extra solo en Puerto Iguazú. Menores de 16 años no emancipados: US$ 150.
Cargos por exceder el límite de la franquicia para el ingreso de productos al país
Si al regresar al país, el valor del objeto supera la franquicia, se deberá abonar un arancel igual al 50% del total excedido. Por ejemplo:
- Valor del objeto comprado en el exterior = US$ 400.
- Franquicia permitida por vía terrestre = US$ 300.
- Excedente = US$ 100.
Total a pagar = US$ 50.
¿Qué importes pueden ingresarse y/o retirarse del país?
Estará permitido el ingreso y retiro de sumas inferiores a USD 10.000 o su equivalente en otra moneda.
De requerir el ingreso de un monto superior, deberá realizarse una declaración especial en Aduana, mediante el formulario OM 2249A.
Los egresos monetarios superiores al monto permitido deberán realizarse por transferencia bancaria.
En el caso de menores de 16 años el importe límite es de USD 5.000.
ARCA señala que para la conversión de monedas deberá tenerse en cuenta el tipo de cambio comprador correspondiente al cierre del día hábil inmediato anterior al del ingreso, comunicado por el Banco de la Nación Argentina.
Con información de
Perfil