Impuesto a las Ganancias: cuáles son los cálculos que hay que hacer con la nueva ley tributaria

Lunes 02 de Diciembre 2024

Se eliminaron todos los conceptos que no estaban alcanzados por el gravamen. Bonos especiales, fallas de caja, premios a la puntualidad y antigüedad, pagan todos el tributo.
Los empleados en relación de dependencia que están alcanzados nuevamente por el Impuesto a las Ganancias van a tener en cuenta que, a partir de la última reforma del tributo que implementó el gobierno de Javier Mieli, todos los conceptos que antes no tributaban, ahora sí, son tomados en cuenta para la base de cálculo.
 
No es extraño escuchar quejas de personas que habían hecho algún acuerdo especial con su empleador, como puede ser un bono por productividad por una cifra determinada y que, a la hora de ver sus recibos de sueldo, descubren que cobraron menos de lo que esperaban.
 
Y es que el nuevo texto de la ley tributaria incluye ahora en Ganancias a prácticamente casi cualquier concepto que un empleado pueda percibir por fuera de su salario remunerativo. Por ejemplo, las fallas de caja, en el caso de personas que manejan dinero en efectivo; bonos por productividad o solo las horas extra.
 
El recurso fue muy usado por los gobernadores en las provincias para dar aumentos a los empleados públicos y que no pagaran el impuesto.
 
Tiene algo de similitud con lo que ocurría en la vieja versión, que hacía que a un empleado no le conviniera aceptar un ascenso, porque, al incrementar su salario, se pasaba de categoría y sufría un descuento tan alto que pasaba a cobrar menos que un empleado a su cargo, algo totalmente absurdo.
 
Sebastián Domínguez, CEO de SDC Asesores Tributarios explicó a Ámbito que “la nueva ley ha eliminado todos los conceptos sobre los que no se tributaba”. “Pero hay que recordar que se incrementaron las deducciones personales para contemplar eso. Obviamente, hay gente que empezó a pagar, cuando antes no abonaba, pero eso se compensa con un aumento importante de las deducciones”, señaló.
 

No más "tablita de Machinea"

Domínguez aclaró que “el efecto ‘tablita de Machinea’ ya no sucede más”. Es de recordar que el ex ministro de Economía de Fernando De a Rúa, José Luis Machinea, introdujo un cambio en el Impuesto a las Ganancias de la cuarta categoría en el año 2000, por el cual en diferentes niveles salariales o regiones, no se computaban las deducciones personales o eran mucho mas bajas.
 
La inflación desatada después de la convertibilidad, combinada con el ajuste de las categorías por debajo de la misma, provocaba que una persona saltara mas rápidamente de la categoría más baja que tributaba 9% a la mas alta, con 35%. Una persona que hacía horas extra, al ganar más, se pasaba de categoría y sufría un descuento más alto. Había casos en los que terminaba cobrando en mano menos que el mes anterior pese a haber trabajado más. La ganancia se la quedaba íntegramente el fisco.

 

Bonos no remunerativos

Eso hizo que, en muchas empresas, las personas empezaran a rechazar trabajar horas extra o en fines de semana o en feriados. Pero, a su vez, los sindicatos que representan gremios de salarios más altos buscaron formas “creativas” para compensar ese efecto, incluyendo bonos no remunerativos en los convenios, u otro tipo de conceptos, que se aclaraba, “no están alcanzados” por el tributo.
 
En ese sentido, Domínguez señala que ese efecto de “cobrar menos por trabajar más” no puede ocurrir con la nueva manera en que se cobra el gravamen, pero sí recomienda tener en cuenta que “si se está dispuesta a trabajar más horas, francos o en feriados porque eso se va a ganar de más, va a estar sujeto al Impuesto a las Ganancias”.
 
“Si la persona ya está pagando el 35% tiene que tener en cuenta que va a cobrar ese adicional menos el 35%. O puede estar en una escala mas baja y el efecto es el mismo”, explicó.
 

Ganancias: casos prácticos

El profesional indicó, por ejemplo, que “ante el caso de alguien que está en la escala más alta, que tiene que cobrar $1 millón, que ya no está sujeto a descuentos obligatorios, entonces, de ese millón va a cobrar en mano $650.000”.
 
“El análisis que tiene que hacer la persona es si se justifica el esfuerzo que va a hacer por lo que va a cobrar”, explicó, al tener en cuenta que va le van a descontar el impuesto.
 
También se puede dar el caso de que una persona que está en una escala más baja se “pase de categoría” si suma algún adicional, con lo cual tendría que evaluar si le resulta conveniente o no. Ese tipo de estimación es sencilla a fin de año porque el tributo está definido para el año. Pero el problema es al siguiente, cuando hay que hacer estimaciones sobre cuánto pueden variar las escalas del tributo en función de la inflación y cuánto van a ser los incrementos de salarios que se negocien en las paritarias.

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