Diputados giró al Senado el proyecto aprobado sobre movilidad de la fórmula jubilatoria

Lunes 10 de Junio 2024

El Senado ya está en condiciones de tratar esta ley que es rechazada por el Gobierno Nacional que dice que altera su política de déficit cero.
La Cámara de Diputados envió hoy al Senado el proyecto de ley  aprobado el martes pasado propone un un nuevo sistema de actualizaciones de los haberes jubilatorios, que es rechazado por el Gobierno Nacional que anunció que vetará esa iniciativa impulsada por el kirchnerismo y bloques dialoguistas.
 
Ahora, la iniciativa sancionada por amplia mayoría por diputados está en condiciones de ser tratada por el Senado, donde será aprobada con facilidad ya que tendrá los 33 votos del Frente de Todos y del radicalismo y otras bancadas menores.
 
La iniciativa aprobada por 160 contra 72 votos y 8 abstenciones, lo que implica que alcanzaron los dos tercios que es la mayoría que se requiere para rechazar un veto presidencial si el Gobierno utiliza esa herramienta como anunció el presidente Javier Milei.
 
Uno de los datos de esa sesión fue la ausencia a la hora de la votación de siete legisladores del Pro, entre ellos María Eugenia Vidal y Silvia Lospennato, de los dos diputados de Producción y Trabajo y los tres legisladores del bloque Independencia que responden al gobernador de Tucumán Osvaldo Jaldo, que hasta ahora vienen acompañando la sanción de todos los proyectos del oficialismo.
 
El proyecto sancionado por diputados contempla otorgar un 8,1% adicional para compensar la inflación de enero ya que el Gobierno había otorgado un 12,5 y el IPC de ese mes fue del 20,6 por ciento, y ese es el punto que centralmente rechazada el Gobierno Nacional con el argumento que afectará su política de déficit cero.
 
También establece como el DNU del Gobierno aumentar las jubilaciones de acuerdo al Índice de Inflación, pero fija que se dará un aumento adicional en marzo de cada año hay diferencias entre los porcentajes otorgados y el promedio del 50 por ciento de los salarios de acuerdo al Ripte.
 
En ese sentido fija que “adicionalmente, en el mes de marzo de cada año se aplicara el siguiente aumento: un cincuenta por ciento (50%) de la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) por sobre la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) el ano calendario anterior. Si esta variación no hubiera sido positiva, no se aplicará ajuste alguno y el cálculo al año siguiente se hará en base al último índice utilizado”.
 
También fija un mecanismo para pagar la deuda con las cajas previsionales donde fija que se deberán cancelar las deudas con las cajas previsionales de provincias con los recursos que se obtengan de impuestos que tienen asignación específica para el Anses así como el pago de las sentencias firmes dentro de los seis meses de sancionada la ley, aunque en este caso habrá una prórroga de seis meses.
Con información de CBA24N

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