Tras el tsunami en la Iglesia, el Vaticano salió a aclarar el alcance y sentido de las bendiciones a parejas del mismo sexo e irregulares
Por:
Elisabetta Piqué
Jueves 04 de
Enero 2024
Difundió una nota para ayudar a comprender mejor el sentido de la propuesta, en la que destacó que las bendiciones deben ser breves y que no significan una aprobación o consagración de la pareja o persona, sino de un gesto de cercanía
ROMA.- Después del tsunami que generó en la Iglesia la Declaración “Fiducia supplicans”, que el 18 de diciembre pasado, en un giro histórico, autorizó las bendiciones pastorales a parejas irregulares y del mismo sexo, siempre y cuando este gesto no sea confundido con un matrimonio, el cardenal Víctor Manuel “Tucho” Fernández, autor de este texto revolucionario avalado por el Papa y prefecto del Dicasterio para la Doctrina de la Fe, difundió este jueves una nota aclaratoria “para ayudar a su recepción y comprender mejor su sentido”.
El cardenal aseguró en la nota que la gran novedad es la distinción entre estas bendiciones “pastorales”, que son totalmente diferentes de las “litúrgicas y ritualizadas”, explicó concretamente que deben ser muy breves, de “10 o 15 segundos”, y aclaró que se trata de “simples expresiones de cercanía pastoral” o gestos paternos que no significan una aprobación, visto bueno o consagración de la pareja o la persona.
En un texto de seis carillas, que recomendó leer en forma “completa y reposada” y difundido en todos los idiomas por el Vaticano, Fernández en primer lugar destacó que no hay ningún cambio de doctrina en Fiducia Supplicans, porque el documento “es claro y clásico” sobre el matrimonio y la sexualidad, por lo que la Declaración no puede considerarse ni “herética, contraria a la Tradición de la Iglesia o blasfema”.
Aludió, así, a las “comprensibles” críticas y rechazo al documento que en las últimas semanas salieron de varios episcopados conservadores, en su mayoría africanos, que incluso prohibieron la implementación de la declaración. El cardenal alemán, Gerhard Muller, exprefecto de la antes llamada Congregación para la Doctrina de la Fe, la tildó de “blasfemia” y el cardenal uruguayo Daniel Sturla la consideró “confusa”.
Fernández recordó varios párrafos “contundentes” de la Declaración, como por ejemplo “son inadmisibles ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, como ‘unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer, naturalmente abierta a engendrar hijos’, y lo que lo contradice. Esta convicción está fundada sobre la perenne doctrina católica del matrimonio. Solo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su sentido natural, adecuado y plenamente humano. La doctrina de la Iglesia sobre este punto se mantiene firme”.
Destacó, además, que la Declaración contiene la propuesta de breves y simples bendiciones patorales, no litúrgicas ni ritualizadas, a parejas (no a las uniones) irregulares, “entendiendo que son bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en la que se encuentren esas personas”.
Aclaró, por otra parte, que la decisión de darle una bendición a una pareja del mismo sexo o irregular (divorciados vueltos a casar) dependerá siempre de cada obispo local, que tiene “desde siempre” la potestad del discernimiento “in loco”, en ese lugar concreto que él conoce más que otros; y que puede considerar no prudente por el momento no dar estas bendiciones.
En este contexto, admitió que en “varios países hay cuestiones fuertemente culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales más allá del corto plazo”, refiriéndose a varios países africanos que castigan la homosexualidad con la cárcel e incluso la muerte. “Es evidente que los obispos no quieren exponer a las personas homosexuales a la violencia. Lo importante es que estas conferencias episcopales no sostienen una doctrina diferente a la Declaración aprobada por el Papa, porque es la doctrina de siempre, sino que plantean la necesidad de un estudio y discernimiento para actuar con prudencia pastoral en ese contexto”, indicó.
“En verdad, no son pocos los países que en distintos grados condenan, prohíben y criminalizan la homosexualidad. En estos casos, más allá de la cuestión de las bendiciones, allí hay una tarea pastoral amplia a largo plazo que incluye formación, defensa de la dignidad humana, enseñanza de la dcotrina social de la Iglesia y diversas estrategias que no admiten prisas”, planteó.
Subrayó, además, que la verdadera novedad de la Declaración es la distinción entre dos formas de bendiciones: “litúrgicas o ritualizadas” y “espontáneas o pastorales”, vinculadas a la valoración positiva de la “pastoral popular” que aparece en muchos textos del papa Francisco. Concretamente, las bendiciones pastorales para distinguirse claramente de las bendiciones litúrgicas o ritualizadas “deben ser muy breves (...) son 10 o 15 segundos”, explicó. “Se trata de bendiciones de pocos segundos, sin Ritual ni Bendicional”, precisó. “Si se acercan dos personas juntas a implorarla, sencillamente se pide al Señor paz, salud y otros bienes para esas dos personas que la solicitan”, afirmó.
“Esta forma de bendición no ritualizada, con la simplicidad y brevedad de su forma, no pretende justificar algo que no es moralmente aceptable. Evidentemente no es un casamiento, pero ni siquiera un ‘visto bueno’ ni una ratificación de nada”, ahondó. “Es solo la respuesta de un pastor a dos personas que piden la ayuda de Dios. Por eso el pastor no pide condiciones ni quiere conocer la vida íntima de estos sujetos”, añadió.
Fernández dio un ejemplo concreto: “Imaginemos que en medio de una gran peregrinación una pareja de divorciados en nueva unión, le dicen al sacerdote: ‘por favor, denos una bendición, no conseguimos empleo, él está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se nos vuelve muy pesada, que Dios nos ayude’. En ese caso, el sacerdote puede decir una simple oración semejante a esta: ‘Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz, ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio y concédeles vivir según tu voluntad. Amén’. Y finaliza con el signo de la cruz sobre cada uno de ellos”.
El cardenal cordobés recordó, además, que la Declaración indica que cuando la bendición pedida por una pareja en situación irregular” aunque se confiera al margen de los ritos previstos por los libros litúrgicos, esta bendición nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos. Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio. Esto mismo se aplica cuando la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo”. “Se entiende, por tanto, que no debería realizarse en un lugar destacado del templo o frente al altar porque esto también crearía confusión”, añadió.
Evidentemente consciente del revuelo que creó, sobre todo en sectores conservadores “Fiducia Supplicans”, que sí fue recibida con enorme satisfacción por sectores progresistas, Fernández concluyó la nota admitiendo que “quizás en algunos lugares será necesaria una catequesis que ayude a entender que este tipo de bendiciones no son una ratificación de la vida que llevan quienes la solicitan”.
“Tampoco son una absolución porque estos gestos están lejos de ser un sacramento o un rito. Son simples expresiones de cercanía pastoral que no tienen la misma exigencia de un sacramento ni de un rito formal”, insistió. “Tendremos que acostumbrarnos a aceptar que si un sacerdote da este tipo de sencillas bendiciones no es un hereje, no está ratificando nada ni está negando la doctrina católica”, subrayó, repitiendo una frase dicha en una entrevista al diario ABC de la semana pasada. “Al dar esta bendición a dos personas que se acercan espontáneamente a implorarla, no las estamos consagrando ni las estamos felicitando, ni estamos aprobando este tipo de unión. En realidad, lo mismo ocurre cuando se bendicen individuos, porque ese individuo que pide una bendición –no la absolución- puede ser un gran pecador, y no por eso le estamos negamos este gesto paterno en medio de la lucha por sobrevivir”, concluyó.
El cardenal aseguró en la nota que la gran novedad es la distinción entre estas bendiciones “pastorales”, que son totalmente diferentes de las “litúrgicas y ritualizadas”, explicó concretamente que deben ser muy breves, de “10 o 15 segundos”, y aclaró que se trata de “simples expresiones de cercanía pastoral” o gestos paternos que no significan una aprobación, visto bueno o consagración de la pareja o la persona.
En un texto de seis carillas, que recomendó leer en forma “completa y reposada” y difundido en todos los idiomas por el Vaticano, Fernández en primer lugar destacó que no hay ningún cambio de doctrina en Fiducia Supplicans, porque el documento “es claro y clásico” sobre el matrimonio y la sexualidad, por lo que la Declaración no puede considerarse ni “herética, contraria a la Tradición de la Iglesia o blasfema”.
Aludió, así, a las “comprensibles” críticas y rechazo al documento que en las últimas semanas salieron de varios episcopados conservadores, en su mayoría africanos, que incluso prohibieron la implementación de la declaración. El cardenal alemán, Gerhard Muller, exprefecto de la antes llamada Congregación para la Doctrina de la Fe, la tildó de “blasfemia” y el cardenal uruguayo Daniel Sturla la consideró “confusa”.
Fernández recordó varios párrafos “contundentes” de la Declaración, como por ejemplo “son inadmisibles ritos y oraciones que puedan crear confusión entre lo que es constitutivo del matrimonio, como ‘unión exclusiva, estable e indisoluble entre un varón y una mujer, naturalmente abierta a engendrar hijos’, y lo que lo contradice. Esta convicción está fundada sobre la perenne doctrina católica del matrimonio. Solo en este contexto las relaciones sexuales encuentran su sentido natural, adecuado y plenamente humano. La doctrina de la Iglesia sobre este punto se mantiene firme”.
Destacó, además, que la Declaración contiene la propuesta de breves y simples bendiciones patorales, no litúrgicas ni ritualizadas, a parejas (no a las uniones) irregulares, “entendiendo que son bendiciones sin forma litúrgica que no aprueban ni justifican la situación en la que se encuentren esas personas”.
Aclaró, por otra parte, que la decisión de darle una bendición a una pareja del mismo sexo o irregular (divorciados vueltos a casar) dependerá siempre de cada obispo local, que tiene “desde siempre” la potestad del discernimiento “in loco”, en ese lugar concreto que él conoce más que otros; y que puede considerar no prudente por el momento no dar estas bendiciones.
En este contexto, admitió que en “varios países hay cuestiones fuertemente culturales e incluso legales que requieren tiempo y estrategias pastorales más allá del corto plazo”, refiriéndose a varios países africanos que castigan la homosexualidad con la cárcel e incluso la muerte. “Es evidente que los obispos no quieren exponer a las personas homosexuales a la violencia. Lo importante es que estas conferencias episcopales no sostienen una doctrina diferente a la Declaración aprobada por el Papa, porque es la doctrina de siempre, sino que plantean la necesidad de un estudio y discernimiento para actuar con prudencia pastoral en ese contexto”, indicó.
“En verdad, no son pocos los países que en distintos grados condenan, prohíben y criminalizan la homosexualidad. En estos casos, más allá de la cuestión de las bendiciones, allí hay una tarea pastoral amplia a largo plazo que incluye formación, defensa de la dignidad humana, enseñanza de la dcotrina social de la Iglesia y diversas estrategias que no admiten prisas”, planteó.
Subrayó, además, que la verdadera novedad de la Declaración es la distinción entre dos formas de bendiciones: “litúrgicas o ritualizadas” y “espontáneas o pastorales”, vinculadas a la valoración positiva de la “pastoral popular” que aparece en muchos textos del papa Francisco. Concretamente, las bendiciones pastorales para distinguirse claramente de las bendiciones litúrgicas o ritualizadas “deben ser muy breves (...) son 10 o 15 segundos”, explicó. “Se trata de bendiciones de pocos segundos, sin Ritual ni Bendicional”, precisó. “Si se acercan dos personas juntas a implorarla, sencillamente se pide al Señor paz, salud y otros bienes para esas dos personas que la solicitan”, afirmó.
“Esta forma de bendición no ritualizada, con la simplicidad y brevedad de su forma, no pretende justificar algo que no es moralmente aceptable. Evidentemente no es un casamiento, pero ni siquiera un ‘visto bueno’ ni una ratificación de nada”, ahondó. “Es solo la respuesta de un pastor a dos personas que piden la ayuda de Dios. Por eso el pastor no pide condiciones ni quiere conocer la vida íntima de estos sujetos”, añadió.
Fernández dio un ejemplo concreto: “Imaginemos que en medio de una gran peregrinación una pareja de divorciados en nueva unión, le dicen al sacerdote: ‘por favor, denos una bendición, no conseguimos empleo, él está muy enfermo, no tenemos casa, la vida se nos vuelve muy pesada, que Dios nos ayude’. En ese caso, el sacerdote puede decir una simple oración semejante a esta: ‘Señor, mira a estos hijos tuyos, concédeles salud, trabajo, paz, ayuda mutua. Libéralos de todo lo que contradice tu Evangelio y concédeles vivir según tu voluntad. Amén’. Y finaliza con el signo de la cruz sobre cada uno de ellos”.
El cardenal cordobés recordó, además, que la Declaración indica que cuando la bendición pedida por una pareja en situación irregular” aunque se confiera al margen de los ritos previstos por los libros litúrgicos, esta bendición nunca se realizará al mismo tiempo que los ritos civiles de unión, ni tampoco en conexión con ellos. Ni siquiera con las vestimentas, gestos o palabras propias de un matrimonio. Esto mismo se aplica cuando la bendición es solicitada por una pareja del mismo sexo”. “Se entiende, por tanto, que no debería realizarse en un lugar destacado del templo o frente al altar porque esto también crearía confusión”, añadió.
Evidentemente consciente del revuelo que creó, sobre todo en sectores conservadores “Fiducia Supplicans”, que sí fue recibida con enorme satisfacción por sectores progresistas, Fernández concluyó la nota admitiendo que “quizás en algunos lugares será necesaria una catequesis que ayude a entender que este tipo de bendiciones no son una ratificación de la vida que llevan quienes la solicitan”.
“Tampoco son una absolución porque estos gestos están lejos de ser un sacramento o un rito. Son simples expresiones de cercanía pastoral que no tienen la misma exigencia de un sacramento ni de un rito formal”, insistió. “Tendremos que acostumbrarnos a aceptar que si un sacerdote da este tipo de sencillas bendiciones no es un hereje, no está ratificando nada ni está negando la doctrina católica”, subrayó, repitiendo una frase dicha en una entrevista al diario ABC de la semana pasada. “Al dar esta bendición a dos personas que se acercan espontáneamente a implorarla, no las estamos consagrando ni las estamos felicitando, ni estamos aprobando este tipo de unión. En realidad, lo mismo ocurre cuando se bendicen individuos, porque ese individuo que pide una bendición –no la absolución- puede ser un gran pecador, y no por eso le estamos negamos este gesto paterno en medio de la lucha por sobrevivir”, concluyó.